Según esta ley se crea la Red Natural de Aragón en la que se integran, como mínimo:
- los espacios naturales protegidos regulados en la anterior ley de espacios naturales protegidos
- los humedales de importancia internacional incluídos en el Convenio RAMSAR
- las Reservas de la Biosfera
- los espacios incluídos en la Red Natura 2000 (ZEPAs y LICs)
- los montes incluídos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Aragón
- los humedales y árboles singulares
- y cualquier otro hábitat o elemento que se pueda identificar como de interés natural en la Comunidad Autónoma
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